Aquellas personas que mantengan deudas con la Sunat y vivan en zonas declaradas en estado de emergencia, tendrán facilidades tributarias, gracias a resolución. “Los sujetos pueden declarar y pagar las obligaciones tributarias mensuales que venzan a partir de la fecha de publicación del decreto supremo y en los meses detallados en el anexo, en las nuevas fechas de vencimiento señaladas en ese mismo anexo”, indica.
Aquellos deudores que podrán acceder a las facilidades, deberán encontrarse viviendo en las zonas declaradas en estado de emergencia, al momento que se dicte el decreto supremo. Debido a esto, la Resolución de Superintendencia Nº 021-2007/Sunat, brinda una prórroga automática del vencimiento de los plazos.
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