El gobierno del presidente Martín Vizcarra con el apoyo de expertos e instituciones promovió seis proyectos de ley destinados a la reforma política que han sido desvirtuados, en su opinión, por el actual parlamento, por lo que el 28 de julio en su mensaje a la nación estableció un nuevo planteamiento de adelantar las elecciones para que el 2020 Ejecutivo y Legislativo cesen en sus funciones.
Independientemente de la resolución de esta propuesta presidencial, que por lo que se ve, podría terminar en empate, y todos acaban funciones el 2021, hay la necesidad de identificar cuál es el problema público principal que debemos resolver a nivel de la política.
Para los ciudadanos, el problema central de la política y los políticos en el Perú, tiene que ver con el no cumplimiento de la palabra y con la falsedad con la que suelen actuar políticos electos o designados respecto de promesas, información y otras acciones hechas bajo juramento.
En democracias avanzadas y, en las que no lo son tanto, el perjurio es un delito penal. Realizar cualquier afirmación falsa bajo juramento constituye delito de perjurio. Entendiéndose como perjurio afirmar una falsedad, negar la verdad o callar la verdad, o decir una media verdad o manifestar una afirmación falsa con intencionalidad o manifestar algo por cierto sin estar plenamente seguro.[1]
Alemania en su código penal señala que cuando una persona hace falso juramento puede ser sancionado con pena de prisión entre 6 meses o 5 años en casos calificados como menos graves. También son penalizadas con prisión las declaraciones juradas, la negligencia para que se brinde una falsa información, el soborno y la tentativa para prestar falso juramento.
En Francia, un falso testimonio bajo juramento ante un tribunal tiene 5 años de prisión y 75 mil euros de multa, excepto si se retracta previamente antes que finalice el proceso. Tiene 7 años de prisión y 100 mil euros de multa quién miente por banalidad o promesa de recompensa o quien realiza un falso testimonio a favor o en contra de alguien. Y el perjurio en materia civil es sancionado con 3 años de prisión. En el Reino Unido, si una persona juramentada ante tribunal o persona competente por ley realiza una falsa declaración o hace que no se consigne la verdad será culpable por perjurio como delito menor. Si se le condena por perjurio como delito grave será sancionado a realizar trabajos comunitarios hasta por 7 años.
Los Estados Unidos, consigna que si una persona que prestó juramento o una promesa legal ante tribunal competente o persona autorizada por ley, realiza una falsa afirmación o realiza una afirmación falsa intencionalmente o manifiesta como cierto algo que no está seguro puede tener pena privativa de la libertad por no más de 5 años.
En América Latina también se considera el perjurio como delito penal. En Chile se establece que cuando se falta la verdad en declaración prestada bajo juramento o promesa exigida por ley se castiga con pena privativa de la libertad en cualquiera de sus grados. En República Dominicana, se penaliza hasta con dos años de prisión a quien afirme un hecho falso o prometa decir la verdad ante funcionario o persona competente para recibir el juramento. Finalmente en el Ecuador se sanciona por faltar a la verdad al confesar, informar o traducir ante autoridad competente hasta con 5 años de prisión. El falso testimonio sin juramento tiene hasta tres años de prisión y faltar a la verdad ante notario público, tiene hasta 10 años de prisión.
Hanna Arendt en “Verdad y Política” comentando a Platón señaló que “Siempre se vio a las mentiras como una herramienta necesaria y justificable no sólo para la actividad de los políticos y los demagogos, sino también para la del hombre de Estado”.
En el Perú, requerimos recuperar la confianza de la política (autoridades electas o designadas) y una de las formas tiene que ver con recuperar el valor de la palabra dada en el ejercicio público, donde muchas veces se exagera o se omite información adrede en declaraciones juradas. Acto que busca salir bien librado de requisitos usando para ello exageraciones, ausencias, especulaciones o simplemente la mentira escrita u oral.
Incorporar el perjurio como
delito, también depende de este parlamento. ¿Se atreverán?
[1] Neciosup Santa Cruz, Víctor. Informe Temático N° 156/2014-2015. Congreso de la República del Perú
David Montoya.
Estudios de posgrado en politología, comunicador, con vasta experiencia en la dirección y asesoría en el diseño, formulación y seguimiento de políticas públicas en diversas entidades como la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de la Mujer, la Municipalidad de Lima, el Congreso de la República. Coordinador de Políticas e Incidencia en el Grupo Propuesta Ciudadana. Analista de Coyuntura en el Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo (DESCO) y docente de pregrado y posgrado en la Universidad Cayetano Heredia.
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