Este período de gobierno y parlamentario nos ha dejado una clara imagen de cuán frágil y vulnerable es aún nuestra democracia: tres presidentes de la República y dos congresos. Todos ellos cuestionados, pero sucedidos dentro del hilo constitucional; aun cuando muchas disposiciones constitucionales pudieron haber sido interpretadas de una u otra forma: o fueron validadas y legitimadas, o quedaron solo para el lamento académico y las voces impopulares. En simple, se alineó a su legalidad, pero se cuestiona su legitimidad.
Se ha puesto en cuestión el contenido esencial de los derechos políticos, sobre todo el derecho a la representación delegada por la soberanía del sufragio popular. La periodicidad del ejercicio de estos derechos es una regla universal, y en el Perú se eligen al presidente de la República y los miembros del Parlamento cada cinco años. Esa es la voluntad popular al momento de acudir a las urnas para elegir por quiénes queremos ser representados, mediante un sufragio directo, libre y universal.
Lo sucedido –aún no sabemos con certeza, qué cosas más están por venir— nos empuja a reflexionar sobre algunas cuestiones como el equilibrio del peso y contra peso de los poderes del Estado. De hecho, la Constitución dispone que el presidente puede disolver el Congreso, y así fue —¿se cuestionó?, sí; ¿se validó?, sí— pero también precisa que no puede disolverlo durante el último año, lo que le permite al Congreso concentrar mayor poder respecto de un Ejecutivo que, por lo general, llega desgastado e impopular en el último año de su gestión; en este caso terminó con la vacancia del presidente que disolvió un Congreso —¿se cuestionó?, sí; ¿se validó?, sí—.
Es cierto, la Constitución también establece que los poderes del Estado son autónomos, soberanos y se rigen por la separación de poderes, pero esta separación está fundada en la idea de evitar superposiciones competenciales o rigideces orgánicas que puedan llevar a conflictos interminables. La separación de poderes debe interpretarse con el principio de la colaboración entre ellos, el mismo que ha sido menos visible y hasta ignorado en estos tiempos, pero expone la más urgente necesidad de institucionalizarlo.
Sin embargo, esta reflexión va más allá del simple análisis de las figuras constitucionales reconocidas y aplicadas, debido a que el sistema de gobierno adoptado por el Estado peruano es muy complejo: tiene aspectos parlamentaristas, así como presidencialistas, y que, en determinadas circunstancias, cualquiera de ellos puede ser desequilibrante para someter al otro. En casos así, el equilibrio de poderes es solo una ilusión fantasiosa, la práctica lo ha demostrado y lo hemos visto. En estos momentos curiosamente somos un gobierno parlamentarista, al tener un presidente de la República elegido por el Congreso de la República, y no por la voluntad directa del pueblo.
Esa situación lleva a múltiples análisis, pero algo que debemos recordar es que el actual presidente de la República sigue siendo presidente del Congreso. Su función principal en el Ejecutivo es garantizar la convocatoria y realización de las elecciones generales, y su estabilidad dependerá del amplio consenso que se tenga en el Parlamento. Su primer reto, el voto de confianza de su nuevo gabinete. Ya hemos visto mucho en este quinquenio, pero mucho casi nunca es suficiente.
Abel Hurtado. Abogado especializado en Derechos Humanos, Derecho Ambiental y Derecho Constitucional. Magíster en Derechos Humanos por la PUCP. Becario en Derechos Humanos y Conflictos por el Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos y egresado del Programa de Derechos Humanos y Política de Vassar College, NY. Actualmente se desempeña como asesor parlamentario del Congreso de la República y docente universitario.
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