Columnas Martín Belaunde

La trampa de los derechos humanos

Puede decirse con justicia que uno de los mayores avances jurídicos en el curso del siglo XX fue la proclamación de los derechos humanos como enunciado de un principio universal. No apareció explícitamente en el Tratado de Versalles que dio origen a la Liga de las Naciones,  pero luego con las matanzas indiscriminadas de la II Guerra Mundial, particularmente el Holocausto judío y otros crímenes de guerra, el concepto de los derechos humanos emergió  en la Carta de las Naciones de 1945. Tres años después la III Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a partir de entonces hemos tenido más de un centenar de tratados y convenios internacionales que definen  tales derechos en sus múltiples manifestaciones. La última expresión fue el Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional a partir del año 2002, ratificado por más de 120 Estados soberanos para juzgar los delitos de genocidio, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y la agresión de un país soberano contra otro.

Ello no obstante cabe formularnos la siguiente pregunta, ¿constituyen los derechos humanos un bien absoluto o requieren  de una base previa para que se puedan aplicar con justicia? Hay un concepto clásico que todos conocemos, mis derechos terminan cuando comienzan los de otra persona. Yo no puedo golpear a mi vecino ni invadir su propiedad sin esperar una reacción de quien ha sido afectado  por mi abusiva conducta. ¿Cómo puedo yo en conciencia exigir que se respete mi derecho como persona si he matado a un tercero? Todos estos comentarios resultan obvios siendo entendidos y respetados por la gran mayoría de las personas. El artículo 32, inciso 1, de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual el Perú es parte, señala; “Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática”. Sin embargo hay minorías violentas dentro de nuestra patria que pretenden matar, destrozar, incendiar, saquear, robar, lesionar, interrumpir el tránsito en las vías de comunicación, capturar aeropuertos, paralizar las actividades productivas,  etc  y al mismo tiempo protestan si las fuerzas del orden intervienen para impedir su criminal conducta. La protesta solo es legítima cuando es pacífica, sin armas y respeta los derechos de las demás personas. Desgraciadamente las protestas en el sur del Perú se han vuelto violentas.

Frente a esa conducta los ciudadanos pacíficos y respetuosos de la ley debemos decir basta. Al Perú se le respeta y su legítimo gobierno constitucional tiene el  deber así como el derecho de defender nuestra soberanía e integridad territorial cuando es amenazada mediante una conspiración urdida por Evo Morales desde Bolivia. Cuando surgen ese tipo de conductas delictivas dentro y fuera del Perú nuestro gobierno debe y tiene que actuar con energía invocando nuestra Constitución y las leyes penales que tipifican esas conductas como delitos contra el Perú. Ahora nos encontramos en esa tremenda encrucijada.

Las muertes, todas las muertes son lamentables pero quizás algunas resulten inevitables. En 1945 Estados Unidos puso término a la II Guerra Mundial lanzando dos bombas atómicas contra las ciudades de Hiroshima y Nagasaki en las que murieron alrededor de cien mil personas y otras tantas fueron duramente lesionadas. Hasta hoy nadie ha condenado esa acción, entre otras razones por que los Estados Unidos triunfaron contra la agresión japonesa desatada cuatro años antes en Pearl Harbor. Existe la legítima defensa como institución individual y colectiva reconocida en los tratados y en todas las legislaciones nacionales, incluida la peruana.

De acuerdo a los principios jurídicos de aceptación universal, el agresor es quien primero ataca y en esas circunstancias no puede invocar a su favor los derechos humanos cuando el agredido le responde con igual o mayor potencia. Debemos tener claro un aspecto, hoy el Perú es un país agredido por la intromisión política externa y por la pretensión criminal del boliviano Evo Morales de arrebatarnos buena parte de nuestro territorio. Que no espere la otra mejilla del Perú cuando él pretende clavarnos una puñalada por la espalda. La República del Perú no debe caer en la trampa de los derechos humanos.

Martín Belaunde Moreyra
Bachiller en Derecho y Abogado por la PUCP y Magíster en Derecho Civil y Comercial por la USMP. Abogado en ejercicio especializado en Derecho Minero e Hidrocarburos.  Autor del libro “Derecho Minero y Concesión”. Ha sido Vice Decano, y Decano del Colegio de Abogados de Lima, y Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú y en el ámbito público: Embajador del Perú en Argentina y Congresista de la República del Perú en el período 2011-2016.

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