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El sentido común para una Asamblea Constituyente

En el 2019, Chile aprobó un proceso constituyente liderado por la izquierda y las ideas progresistas para refundar una nueva Constitución. Fue la voz de la mayoría de su pueblo con el unísono de que el pueblo nunca se equivoca. Thomas Jefferson lo dijo: “la Constitución es el sentido común de la sociedad expresada en normas jurídicas”;  aunque para muchos de nosotros, lo que sucedía en el vecino país, pareciera que iba en contra del propio sentido común de los chilenos. Tratándose de uno de los países más prósperos y estables de nuestro continente, lo inevitable era lo más evidente: ¿es el momento constituyente?

En simple, y siempre en la línea de la izquierda y el progresismo chileno, se logró instaurar una asamblea constituyente; se eligió cuidadosa y democráticamente a los constituyentes con una representación mayoritaria de la izquierda como era de esperarse. Esta constituyente redactó una nueva Constitución con esos mismos ideales con las que lograron instaurarla, pero en el referéndum de ratificación del texto de la nueva Constitución, el pueblo y el sentido común de los chilenos dijo que no, y el pueblo nunca se equivoca. En líneas seguidas, el pueblo —aún con la idea de una nueva Constitución— eligió a sus nuevos constituyentes, pero esta vez con una mayoría de la derecha chilena, y lo más probable es que ahora el sentido común de esa mayoría elabore un nuevo texto constitucional incluso con ideales más fuertes y conservadores que la que rige a la actual Constitución o tal vez logre (con suerte) un consenso más armónico, pero distante de la izquierda. Ellos se entienden. Es impredecible.

Traigo a colación esta notable experiencia porque el Perú no es ajeno ni está libre del discurso sobre una nueva Constitución. De hecho, esa misma línea ideológica le ha echado todo el peso y la culpa a la Constitución vigente de todos los males de los que padece nuestro país. Incluso se ha notado discursos atrevidos y audaces, de la más pura y fina demagogia dirigidas a modificar la parte dogmática de nuestra Constitución a fin de que se reconozca el acceso a los derechos fundamentales como la salud, la educación, el agua potable y otros derechos de corte prestacional, cuando estos ya se encuentran debidamente impregnados en el texto constitucional vigente.

Hoy en día, y sin temor a equivocarme, puedo afirmar que no existe un solo derecho humano o fundamental que no se encuentre protegido por una norma constitucional, y si no lo fuera se encuentra protegido por una norma convencional. En ese aspecto, nuestra Constitución prevé de manera taxativa que todos los tratados de derechos humanos que el Perú reconoce, forman parte de nuestra legislación nacional, por lo que todo derecho debe interpretarse bajo estos estándares convencionales a fin de garantizarse su contenido esencial. En sencillo, los derechos fundamentales se protegen y garantizan a nivel legal, constitucional y convencional como un todo armónico, por lo que echarle la culpa a las constituciones de los males que padece un país es un discurso de poca lucidez y algarabía mediocre.

Las Constituciones son normas abiertas, declarativas y principistas, por ejemplo, algunas van en búsqueda de la felicidad. Entonces, llevar el discurso de los derechos para una asamblea constituyente no es el camino. Al final de cuentas, una constituyente incluso con su poder ilimitado, no podrá tocar el capítulo dogmático (de derechos) en las constituciones, ya que esta se encuentra sujeta a un marco convencional vinculante por lo que el debate debería centrarse (tal vez) en la reforma orgánica de las constituciones que garanticen a plenitud su lado dogmático.

Cuando un país tiene un problema crónico, no debe tratar de cambiar su Constitución porque el problema no es ella, sino su mala gestión histórica. En 200 años, hemos tenido 12 constituciones, pero nuestros problemas siguen siendo los mismos. Llevar el discurso de una nueva Constitución para resolver los males de la pobreza, la inseguridad, la desigualdad o la corrupción en nuestro país  tiene una absurda, pero muy sabida carga ideológica. El discurso debe ordenarse para lograr una gestión pública eficiente que sea capaz de generar valor público y con ello garantizar el acceso, y ejercicio de los derechos y libertades fundamentales, en especial los de corte prestacional que cualquier Constitución ya los garantiza. Concluyo afirmando que siempre será el momento constituyente si así lo define el sentido común, pero nunca estaremos listos para lo que está constituido si creemos que una nueva constituyente resolverá nuestros mismos problemas. Pensarlo así, también es puro sentido común.

Abel Hurtado
Abogado especializado en Derechos Humanos, Derecho Constitucional y Parlamentario. Doctorando en Derecho y Ciencia Política por la UNMSM y Magíster en Derechos Humanos por la PUCP. Becario en Derechos Humanos y Política por el Departamento de Estado del Gobierno de los Estados Unidos y del Programa de Derechos Humanos y Política de Vassar College, NY. Actualmente se desempeña como asesor de Despacho de la Fiscal de la Nación y docente universitario en la USIL.

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